Los recién nacidos deben ser inscritos en una agencia de Registro Civil a nivel nacional para que conste como ciudadano chileno. En caso de no hacer este trámite él bebe no va a existir legalmente por lo que no tendrá derechos.
Obtener el Certificado de Nacimiento
Hay dos maneras de obtener el certificado de nacimiento en Chile: de forma online o presencial en las oficinas.
De manera online:
- Haga clic en el botón de abajo.
- Seleccione el tipo de certificado que desea obtener y rellene los campos con sus datos.
- En los siguientes casos el certificado es gratis: todo trámite, asignación familiar y matrícula. Luego el certificado del trámite le llegara a su correo.
En las oficinas:
Acérquese a la oficina del Registro Civil más cercana y luego solicite el certificado de nacimiento al funcionario(a) de turno. Abone el valor de su trámite. En caso de que no sepa cuál es la oficina más cercana aquí abajo el facilitamos un buscador:
Requisitos para el Certificado de Nacimiento
Para obtener el certificado de nacimiento debe conocer su RUN o el de la persona a consultar. El servicio ofrece certificados para todo trámite, por asignación familiar y para matrícula.
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¿Como se realiza el trámite para la inscripción de un recién nacido?
Primero tiene que dirigirse a la oficina del registro civil del lugar donde ocurrió el parto (Recuerde solicitar hora). Sino sabe la ubicación de la oficina escriba la ciudad del parto en el siguiente buscador:
¿Cuáles son los requisitos para la inscripción del recién nacido?
Si el que requiere la inscripción es el progenitor y puede acreditar el matrimonio:
- Comprobante del parto
- Cédula de identidad vigente y en buen estado.
- Se recomienda presentar la libreta familiar.
- Completar el formulario de acuerdo para indicar el orden de los apellidos, firmado por ambos progenitores del recién nacido. Descargar aquí el Formulario de Acuerdo de los Apellidos (C-9).
Si el que requiere la inscripción prueba ser el progenitor y no acredita matrimonio:
- Comprobante del parto. Donde sea que la madre se identifique con su nombre y cédula de identidad.
- Cédula de identidad vigente y en buen estado.
- Deberá completar el formulario de acuerdo para indicar el orden de los apellidos. Firmado por los progenitores del recién nacido. Puede descargar aquí el Formulario de Acuerdo de los Apellidos (C-9).
En caso de que sea una tercera persona que actúa en representación de los progenitores, y estos estén unidos por matrimonio:
- Documento que compruebe el parto.
- Tener el Poder simple de uno de los progenitores para solicitar la inscripción, con los respectivos nombres que asignarán al hijo o hija y los datos personales de los progenitores en cuestión.
- Carnet de identidad del progenitor que autoriza, vigente y en buen estado.
- Deberá completar el formulario de acuerdo para indicar el orden de los apellidos. Firmado por los progenitores del recién nacido. Puede descargar aquí el Formulario de Acuerdo de los Apellidos (C-9).
Cuando una tercera persona que actúa en representación de los progenitores que NO están unidos por matrimonio:
- Poder para comprobar el parto.
- Progenitor con poder simple para solicitar la inscripción, con los nombres y apellidos que se le asignarán al hijo o hija además de los datos personales de los progenitores.
- Poder para reconocer al hijo o hija en su nombre, si es el caso, y que este contemplado por escritura pública.
- Cédula de identidad, vigente y en buen estado, del progenitor que faculta al requirente.
- Deberá completar el formulario de acuerdo para indicar el orden de los apellidos. Firmado por los progenitores del recién nacido. Puede descargar aquí el Formulario de Acuerdo de los Apellidos (C-9).
En caso de que no haya matrimonio, a través de un trámite gratuito, el progenitor podrá posteriormente reconocer al hijo o hija ante cualquier oficial civil. También de tal manera que sea por escritura pública otorgada ante notario.
Valor de los trámites:
Inscripción de nacimiento | Gratis |
Fotocopia de inscripciones de nacimiento | $1.970 |