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Registro Civil

Bono de Dueña de Casa

bono de dueña de casa

El gobierno de Chile otorga dentro del programa de Bonos del Subsistema Seguridades y Oportunidades el beneficio conocido como «Bono Protección» o «Bono Dueña de Casa» que está vigente todos los años y es una gran ayuda monetaria a lo largo de todo el país para las personas que se encuentran dentro del  Registro Social de Hogares actualizado.

Requisitos del Bono Protección social

Este bono protección no tiene muchos requisitos solo tiene uno muy importante que es que la persona o el grupo familiar se encuentre dentro del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades integrando algunos de los siguientes programas:

  • Familias y vínculos.
  • Abriendo Caminos.
  • Calle o Vínculos.

Dentro de los siguientes programas deben aceptar el compromiso y el plan de intervención y acción y luego postularse para el Bono de Protección y para las sesiones de acompañamiento psicosocial.

¿Cómo inscribirse al Bono Dueña de Casa?

Para recibir este Bono de Protección no es necesario realizar ninguna postulación en ningún sistema solo se debe encontrar la persona o familia dentro de las iniciativas del programa de Seguridades y Oportunidades. Es necesario que los involucrados firmen la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención, la cual pueden descargar presionando aquí:

¿Cómo acceder al Subsistema Seguridades y Oportunidades?

Para acceder al programa de Seguridad y Oportunidades no necesitas realizar ninguna postulación, solo debes encontrarte en el Registro Social de Hogares y cumplir con los requerimientos.

Asimismo, las personas o grupos familiares serán seleccionadas por el Ministerio de Desarrollo Social en función de sus características, e invitadas a participar.

Bono protección consultar con RUT

Dentro del programa que otorga El Instituto de Previsión Social se creó una plataforma online para poder consultar el Bono de Protección. Solo debes ingresar a tu Cuenta RUT para obtener la información deseadas que requieras del beneficio.

Para consultar tu beneficio presiona el siguiente botón:

Otra forma de consultar es llamando al siguiente número totalmente gratis desde red fija al 800 104 777. Si desea llamar desde celular móvil debe realizarlo al siguiente número +56 2 2675 1400.

Vigencia del bono Social

Este beneficio se otorga dentro de 24 meses siempre y cuando se siga y participe las personas y el grupo familiar en el acompañamiento proporcionado por el programa del Subsistema Seguridades y Oportunidades.

El beneficio perderá la vigencia si la persona o familia desea renunciar de forma voluntaria o si no cumple con la participación explicita en el subsistema ya mencionado.

Posteriormente, se iniciaran los pagos en la próxima fecha a las sesiones de acompañamiento psicosocial.

Monto del bono y fecha de pago 2023

El monto del beneficio es mensual y se otorga de formas distintas en cada periodo de tiempo, ya que depende del programa de apoyo psicosocial y su implementación.

El periodo de cobro se establece de la siguiente forma:

  • Dentro de los primeros 6 meses se entregará un monto de $19.582.
  • Luego del mes 7 al mes 12, el bono disminuirá al monto de $14.903.
  • A partir del mes 13 al mes 18 el beneficio corresponde al monto de $10.246.
  • Por último, a partir del mes 19 al 24 el monto será de $14.366.

¿Cómo se realiza el pago del Bono?

El cobro del Bono de Protección lo debe tramitar la persona que lo percibe o el jefe/a de familia, el mismo se realiza a través de la Cuenta Rut del Banco Estado.

Si usted no cuenta con una Cuenta RUT es necesario que solicite en el Ministerio de Desarrollo Social y Familia la apertura de su cuenta del Banco Estado, el cual no tiene costo alguno. Una vez realizada la cuenta para cobrar deberás presentarte en una sucursal bancaria más próxima para retirar y habilitar la tarjeta bancaria para cobrar el bono de protección luego sin ningún inconveniente.

El pago se concreta según el siguiente orden de prioridad:

  1. Primero se le otorga al tutor/a de personas menores de 18 años o con certificación de discapacidad mental o a las personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  2. Segundo se le otorga al tutor/a mayor de 18 años de edad que sea jefe/a de hogar o pareja del jefe/a de la vivienda.
  3. Tercero se le otorga al jefe/a del hogar.
  4. Cuarto lo recibirán las personas que cumplan con las prioridades 1, 2 y 3, y se pagará el bono al jefe/a mayor de 18 años del hogar.
  5. Quinto la obtendrán solamente las mujeres mayores de 18 años de edad.
  6. Sexto se lo otorgaran a las personas mayores de edad que tenga a su cuidado y custodia a un menor de 18 años.